lunes, 19 de diciembre de 2011

Paloma en el metro! Derechos de los perros!


Bicos .... prefiero cuando viajo con el trasportin, mucho mas comodo... pero eso mejor que nada porque si no estoy dentro de un bolso no tengo derecho a entrar!!!
Hablando de derechos .... Aqui os dejo nuestros derechos respeto a todas las prohibiciones "legales"...


Art. 20. Salvo en el supuesto previsto en el artículo 12, los dueños de hoteles, pensiones, bares, restaurantes, cafeterías y similares, podrán prohibir, a su criterio, la entrada y permanencia de perros en sus establecimientos, señalando visiblemente a la entrada tal prohibición. Aun permitida la entrada y permanencia, será preciso que los perros estén debidamente identificados, vayan provistos del correspondiente bozal, cuando proceda conforme el artículo 18, y sujetos por correa o cadena.

Art. 21. Excepto en el caso a que se refiere el artículo 12, queda prohibida la entrada de animales en toda clase de locales destinados a la fabricación, venta, almacenamiento, transporte o manipulación de alimentos.Estos establecimientos, si disponen de un espacio exterior o interior adecuado, podrán colocar algún dispositivo con anillas, que permita dejar sujetos a los perros, mientras se hacen las compras. 



Bicos!!!

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